El Tribunal europeo protege la unidad familiar en un caso de residencia derivada

11/06/2026

TJUE protege unidad familiar

Introducción

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia relevante sobre el derecho de residencia de los progenitores de menores ciudadanos de la Unión. El caso C-147/24 (Safi) pone el foco en la protección de la vida familiar y en los límites de la actuación de los Estados miembros en materia migratoria.

El caso analizado

Una ciudadana marroquí residía en los Países Bajos junto a su marido y su hijo menor, de nacionalidad neerlandesa. Las autoridades denegaron su derecho de residencia alegando que podía vivir en España, donde había residido en el pasado. La familia, no obstante, estaba asentada en territorio neerlandés.

El menor depende de ambos progenitores y ha desarrollado su vida social y educativa en los Países Bajos.

La respuesta del Tribunal

El TJUE considera que denegar el derecho de residencia a la madre podría obligar al menor a abandonar la Unión o a separarse de uno de sus padres. Esto supondría una vulneración del derecho de ciudadanía europea, protegido por el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El Tribunal también aclara que la posibilidad de residir en otro Estado miembro no basta para justificar la denegación automática del permiso. Debe evaluarse la situación familiar real.

Además, destaca el papel del interés superior del menor, recogido en la Carta de Derechos Fundamentales, que exige tener en cuenta factores como la educación, la lengua y la integración social.

Implicaciones de la sentencia

La resolución refuerza la protección de la vida familiar dentro de la Unión Europea y limita las decisiones administrativas que puedan afectar a la unidad del núcleo familiar. Los Estados deberán realizar un análisis caso por caso antes de denegar este tipo de derechos.